Pratiche sleali 2005/0029 ES
BG CS DA DE EL EN ES ET FI FR GA HR HU IT LV LT MT NL PL PT RO SK SL SV print pdf
- Directiva sobre las prácticas comerciales desleales
- consumidor
- comerciante
- producto
- prácticas comerciales de las empresas en sus relaciones con los consumidores
- distorsionar de manera sustancial el comportamiento económico de los consumidores
- código de conducta
- responsable del código
- diligencia profesional
- invitación a comprar
- influencia indebida
- decisión sobre una transacción
- profesión regulada
- afirmaciones 6
- pruebas 6
- para 4
- órganos 4
- tribunales 4
- hecho 4
- administrativos 4
- caso 4
- comerciante 4
- artículo 2
- procedimiento 2
- exigencia 2
- parece 2
- apropiada 2
- vista 2
- circunstancias 2
- presentan 2
- considerar 2
- inexactas 2
- cualquier 2
- exigidas 2
- conformidad 2
- letra a 2
- tales 2
- consideradas 2
- insuficientes 2
- tribunal 2
- órgano 2
- otra 2
- práctica 2
- legítimos 2
- civiles 2
- administrativos: 2
- justificación 2
- estados 2
- miembros 2
- atribuirán 2
- competencias 2
- faculten 2
- procedimientos 2
- refiere 2
- intereses 2
- artículo : 2
- exigir 2
- aporte 2
- exactitud 2
- realizadas 2
- comercial 2
- habida 2
- cuenta 2
Artículo 12
Tribunales y órganos administrativos: justificación de las afirmaciones
Los Estados miembros atribuirán a los tribunales o a los órganos administrativos competencias que les faculten, en el caso de los procedimientos civiles o administrativos a los que se refiere el artículo 11:
a) | para exigir que el comerciante aporte pruebas de la exactitud de las afirmaciones de hecho realizadas en la práctica comercial si, habida cuenta de los intereses legítimos del comerciante y de cualquier otra parte en el procedimiento, tal exigencia parece apropiada a la vista de las circunstancias del caso, y |
b) | para considerar inexactas las afirmaciones de hecho si no se presentan las pruebas exigidas de conformidad con la letra a) o si tales pruebas son consideradas insuficientes por el tribunal o el órgano administrativo. |
Artículo 12
Tribunales y órganos administrativos: justificación de las afirmaciones
Los Estados miembros atribuirán a los tribunales o a los órganos administrativos competencias que les faculten, en el caso de los procedimientos civiles o administrativos a los que se refiere el artículo 11:
a) | para exigir que el comerciante aporte pruebas de la exactitud de las afirmaciones de hecho realizadas en la práctica comercial si, habida cuenta de los intereses legítimos del comerciante y de cualquier otra parte en el procedimiento, tal exigencia parece apropiada a la vista de las circunstancias del caso, y |
b) | para considerar inexactas las afirmaciones de hecho si no se presentan las pruebas exigidas de conformidad con la letra a) o si tales pruebas son consideradas insuficientes por el tribunal o el órgano administrativo. |
whereas